viernes 20 de noviembre de 2009

El verdadero origen de la corrupcion y la falta de etica de un sistema capitalista/neoliberal

Este es un artículo que me ha llegado a mi buzón hoy, y me parece importante comunicarlo, fue realizado por la gente de Economia Basada en Recursos, del Proyecto Venus y nos explica el porque es IMPOSIBLE que dentro de un sistema/administracion capitalista "Social-Democratas", "Social-Cristianos" (donde incluyo por supuesto a y los nuevos "Libertarios" o "Anarco-Capitalistas" que no son otra cosa que neoliberales radicales, pues buscan la eliminacion del estado en pro del beneficio de las compañias multinacionales, la competencia y el lucro por sobre la explotacion, etc en lugar de la solidaridad, libertad, honestidad, etc), en el articulo podemos encontrar conceptos explicados como el de competencia, como en algun momento pudimos ver el documental La Corporacion:

La característica más fundamental de nuestras instituciones sociales es la
necesidad de autopreservarse. Se trate ya sea de una corporación, religión o gobierno, el interés principal es preservar a la institución misma. Por ejemplo, la última cosa que una compañía petrolera querría es energía fuera de su control, pues haría que esa compañía se volviese menos relevante para la sociedad. De la misma forma, la guerra fría y el colapso de la Unión Soviética fue, en realidad, una forma de preservar y perpetuar la economía y hegemonía global establecida por los Estados Unidos. Similarmente, las religiones condicionan a la gente a sentirse culpables por inclinaciones naturales, todas clamando ofrecer el único camino al perdón y la salvación.

En el corazón de esta autopreservación institucional yace el sistema monetario,pues es el dinero el que provee los medios de poder y supervivencia, de ahí entonces el que una persona pobre se vea forzada a robar para sobrevivir. Es una inclinación natural hacer lo que sea necesario para continuar con la rentabilidad de una institución. Esto
hace que el cambio sea inherentemente difícil para las instituciones basadas en la obtención de renta, pues pone en riesgo no sólo la supervivencia de un gran grupo de personas, sino también el codiciado estilo de vida materialista asociado con la influencia y el poder. Por consiguiente, la necesidad paralizante de preservar una institución, sin importar su relevancia social, está arraigada profundamente en la necesidad de obtener dinero y ganancias.

¿Y a mí en qué me afecta? -piensa la gente. Si un hombre hace dinero vendiendo cierto producto, se verá enfrentado a la necesidad de pelear contra la existencia de otro producto sustituto que pueda amenazar su institución. En consecuencia, la gente no puede ser justa, y por eso la gente no confía en nadie. Si un hombre se te acerca y te dice “Mire, tengo justo la casa que usted está buscando” pero, ¡él es un vendedor!
Cuando un doctor me dice, “Mire señor, yo creo que hay que extirparle el riñón”, Yo no sé si quizás el doctor lo que en verdad persigue es comprarse un yate o sí realmente hay que extirparme el riñón. Es difícil confiar en la gente en un sistema monetario. Si entraras a mi tienda y yo te dijera “Mira, esta lámpara que tengo aquí es muy buena, pero la lámpara de la tienda de al lado es mucho mejor” No estaría en los negocios mucho tiempo, ¿no lo crees? No funcionaría. Si yo fuera ético, simplemente no funcionaría. Entonces cuando decimos que a la industria sí le importa lo que ocurra con la gente, eso no puede ser verdad. Ellos no pueden asumir el costo de ser éticos. Así que tu sistema no está diseñado para servir al bienestar de la gente. Si todavía no lo entiendes, piensa que no habría subcontratación ni desempleo si a la industria realmente le importara la gente. Pero a la industria no le importa en lo absoluto. Ellos contratan personas únicamente porque esos puestos de trabajo no han sido automatizados aún.

Así que no hablemos de decencia y ética empresarial, simplemente es imposible costearlo ycontinuar con el negocio al mismo tiempo.

miércoles 18 de noviembre de 2009

Peligra la Gestión Colectiva de los Derechos de Autor y Derechos Conexos en Costa Rica‏

Este es un comunicado que recibi de parte de AIE de Costa Rica (Asociacion de Interpretes y Ejecutantes Musicales), pero concierne tambien a ACAM de Costa Rica (Asociacion de Compositores y Autores Musicales), FONOTICA y organismos internacionales involucrados en el reconocimiento y defensa de los musicos y tecnicos musicales.

Sobre los derechos de los artistas musicales sobre sus obras y los ataques que los mismos están sufriendo en Costa Rica

Por Esteban Monge

Cantautor y Licenciado en Derecho

Secretario de la Junta Directiva de la Asociación de Intérpretes y Ejecutantes de Costa Rica (AIE Costa Rica) y asociado a ACAM

Desde hace varios meses, en Costa Rica se ha venido orquestando una campaña sumamente agresiva por parte de las radios, agrupadas en la Cámara Nacional de Radio (CANARA), en la que se afirma que las compañías disqueras trasnacionales, agrupadas en FONOTICA- les están haciendo cobros abusivos. Esos cobros que hacen las disqueras corresponden a lo que nuestra legislación interna – Ley de Derechos de Autor y Conexos- amparada en convenios internacionales firmados por el país y debidamente ratificados por la Asamblea Legislativa, reconoce como una justa retribución que debe hacer todo usuario de la música que obtenga un beneficio económico a partir de la utilización de la misma a aquellos que hicieron posible la existencia y el registro fonográfico de ésta.

En ese caso, los beneficiarios de ese pago son los autores y compositores de las obras musicales, los músicos que las ejecutan e interpretan y quienes invirtieron en la producción de los fonogramas donde están registradas esas obras, los cuales pueden ser personas físicas o empresas, nacionales o trasnacionales. En el caso de Costa Rica, muchos artistas tenemos la doble condición de autores-compositores e intérpretes-ejecutantes pero también somos los productores fonográficos de nuestros discos. Este pago que deben hacer los usuarios de nuestro trabajo que sacan provecho económico del mismo viene a ser un equivalente al salario que un patrono debe pagar a cualquier trabajador. La lógica es esta: si un trabajador lo que tiene para “vender” dentro del sistema de producción e intercambio de bienes y servicios –economía política- es su fuerza de trabajo, lo que un artista tiene para “vender” es su talento y su creatividad. La idea es que tanto el trabajador como el artista puedan vivir dignamente de su trabajo, de su talento y de su creatividad. Ese trabajo, ese talento y esa creatividad son su propiedad, les pertenece. A ese derecho de remuneración que tiene el artista o el productor fonográfico por el uso de su obra y de su trabajo se le conoce como derecho patrimonial, complementado por la otra mitad del derecho de autor que es el derecho moral. De ahí que el derecho de autor y los derechos conexos-por extensión- tienen reconocimiento en la Declaración Universal de Derechos Humanos (art. 27). La forma como esos derechos se van a hacer efectivos está regulada en convenios internacionales que Costa Rica se comprometió, décadas atrás, a observar y mediante la promulgación de leyes nacionales.

En cuanto a la campaña de CANARA, hay que indicar que la misma se ha centrado en atacar a las disqueras trasnacionales, ocultando el hecho de que los artistas intérpretes y ejecutantes de la música que programan son titulares de la mitad de los derechos que no quieren reconocer. Por ahora, la campaña no ataca los derechos de autor, los cuales, después de muchos años de negociación, las radios y televisoras, así como los locales comerciales, han venido pagando a ACAM, aunque algunos usuarios de la música han expresado su malestar por el pago y, en algunos casos, se han negado a pagar. El problema es que los derechos de autor constituyen sólo el 50% de lo que deben pagar los usuarios de la música que se benefician económicamente con dicho uso. La otra mitad se divide por partes iguales entre productores fonográficos y artista intérpretes y ejecutantes, representado, para tales efectos, por FONOTICA y AIE, respectivamente. La existencia de instancias como ACAM, AIE y FONOTICA obedece a que resulta imposible que cada autor, compositor, intérprete, ejecutante o productor fonográfico vaya personalmente a cada una de las radios, televisoras y locales comerciales donde se utilizan sus obras a cobrar por dicho uso, por lo que a nivel mundial se definió que la mejor forma para cobrar derechos era que los mismos artistas y productores constituyeran lo que se conoce como entidades de gestión colectiva que dispusieran de un aparato administrativo que se ocupara de hacer efectivo el respeto y el cobro de los derechos, claro está, bajo el amparo del Estado, que debe velar por el respeto de éstos en tanto son derechos fundamentales. ACAM, AIE y FONOTICA, son, para el caso de Costa Rica, las entidades legitimadas por nosotros mismos y por el sistema jurídico e institucional del país para realizar dicha gestión. Para ello deben constituirse darse la organización interna (vía reglamentos) necesaria para funcionar, regulación que debe estar acorde con lo establecido en las leyes internas del país y la normativa internacional en la materia. Esa regulación interna abarca, entre otras cosas, la forma como se van a distribuir los ingresos por concepto del cobro de los derechos entre los titulares de los mismos. Estas asociaciones deben afiliarse a federaciones que agrupan a las asociaciones de los países que han suscrito los convenios sobre la materia y deben responder ante los artistas de esos países cuya obras, interpretaciones y ejecuciones son utilizadas en el país. Lo mismo para los artistas costarricenses cuyo trabajo suena en el extranjero: si un artista costarricense tiene material que es programado por radioemisoras en España, la Sociedad General de Autores de España debe recaudar los derechos del artista costarricense, enviar el dinero generado a ACAM (en el caso de derechos de autor) y ACAM debe desembolsar al asociado el monto correspondiente, luego de descontar los gastos administrativos que son los que permiten que el aparato siga funcionando. En caso de que los asociados lo hayan acordado y exista un fondo de bienestar social, entonces también se rebaja el porcentaje que va a alimentar dicho fondo solidario.

Otro de los elementos presentes en la campaña de CANARA es el del énfasis que se hace en decir que el cobro que hacen las disqueras son abusivos. Ya dijimos que el cobro no lo hacen sólo las disqueras, sino que también nosotros, como artistas intérpretes y ejecutantes titulares de derechos. Aquí habría que indicar que un cobro puede ser abusivo de, al menos, dos maneras: 1. no estar amparado en una ley y 2. Resultar económicamente desproporcionado de acuerdo a la capacidad económica de quien debe pagar. En el caso del cobro que se le está haciendo a las radios, el mismo está amparado en la ley interna y en convenios internacionales. Pero además, lo que se está cobrando es un porcentaje de lo que las radios perciben por concepto de publicidad. Ese porcentaje lo definen los titulares del derecho y puede ser objeto de negociación. Hay países donde ese porcentaje está definido por ley y llega a ser hasta del 9%. En el caso de Costa Rica las entidades de gestión han definido un porcentaje mucho menor. Al ser un porcentaje de los ingresos por concepto de publicidad, estamos hablando de dinero que las radios, efectivamente, tienen. En este sentido, habría que pedirle a CANARA que diga por qué el cobro es abusivo. Decir que un cobro que se me hace es abusivo y no indicar por qué, no ayuda mucho a comprender el trasfondo que hay detrás de la negativa a pagar.

Además de las radios y las televisoras, los otros usuarios de la música que deben reconocer los derechos patrimoniales y morales de los artistas son los locales comerciales, incluyendo bares, restaurantes, gimnasios, hoteles, etc. Es decir, todo local comercial en el que la música es un “ingrediente” necesario para el servicio que se ofrece al público debe tener el permiso de los autores de las obras, de los artistas intérpretes y ejecutantes de las mismas y de los productores fonográficos de los discos donde éstas están registradas para poder utilizarlas, y una vez que tengan el permiso (licencias), deben pagar mensualmente una tarifa, la cual es definida por los titulares de las obras y de los fonogramas A la hora de definir el sistema tarifario, se tiene en cuenta el tipo de actividad, el tamaño del local y a los ingresos que el mismo genera, tratando de que haya equidad y proporcionalidad. En cuanto a estos usuarios, debemos indicar que el cobro de los derechos sí se ha podido realizar, aunque sea parcialmente –ACAM recauda la totalidad de lo que se logra cobrar y entrega la mitad a FONOTICA y ésta entrega la mitad de la mitad a AIE. Digo que ACAM recauda parcialmente porque aún hay usuarios que se niegan a pagar y que han planteado recursos legales en contra del cobro, sin que esas acciones hayan tenido éxito hasta la fecha, gracias al sólido fundamento jurídico que tiene la existencia de nuestros derechos en el país. Un ejemplo: por el artículo 50 de la Ley de Derechos de Autor y Conexos y el reglamento a dicho artículo establecen que cuando alguien quiera abrir un local comercial (un bar, un restaurante, un salón de baile) y va a pedir los permisos municipales correspondientes, la municipalidad debe indicarle que uno de los requisitos que debe cumplir para tener la patente de funcionamiento es presentar las licencias que expiden ACAM, AIE y FONOTICA autorizando el uso de obras musicales, así como estar al día con el pago de derechos de autor y conexos. Algunos dueños de locales comerciales han presentado acciones de inconstitucionalidad contra el reglamento y dichas acciones han sido rechazadas por la Sala IV, la cual considera que esta medida no es desproporcional, ya que lo que busca es hacer efectivo un derecho reconocido en la constitución y en convenios internacionales. Aún así, hay usuarios que se siguen negando a pagar y que tienen deudas, en algunos casos millonarias, con las entidades de gestión (ACAM, AIE y FONOTICA).

Es en este contexto donde, en los últimos meses, se han producido tres gestiones de parte del Gobierno de la República y de actores políticos que vienen a atentar contra los derechos de autor y conexos en nuestro país.

La primera acción fue ejecutada por el Gobierno y consiste en la publicación de un decreto (el Decreto No. Nº 35536-MP, del 19 de octubre pasado) que viene a eliminar el artículo 4 del reglamento del artículo 50 de la Ley de Derechos de Autor y Conexos. El artículo 50 de la Ley de Derechos de Autor y Conexos es el que establece que la autoridad está habilitada para pedir como requisito para el otorgamiento de permisos de funcionamiento de locales comerciales el presentar la licencia emitida por ACAM, AIE y FONOTICA autorizando el uso de repertorio musical. El artículo 4 del reglamento a dicho artículo lo que hacía era aclarar qué se entiendo por “autoridad”, indicando que por autoridad se entenderán las municipalidades, así como otras instancias públicas que tengan que dar cualquier permiso de funcionamiento. Es importante indicar que esas entidades públicas lo que hacían era pedir el requisito y no realizar el cobro de los derechos, cobro que sólo pueden hacer los titulares de los mismos a través de ACAM, AIE y FONOTICA. El decreto, firmado por el Presidente Arias y su hermano, como Ministro de la Presidencia, indica que un requisito de este tipo constituye una barrera al comercio y que es innecesario. Además, indican que con dicha derogatoria del artículo 4 del reglamento no se busca debilitar los derechos de autor. Al respecto, hay que indicar que un mecanismo como el establecido en el artículo 50 de la Ley y reglamentado en el artículo 4 del reglamento lo que busca es garantizar de manera preventiva un pago que el patentado necesariamente tendrá que hacer: eliminar el mecanismo no implica eliminar el derecho. El derecho sigue existiendo, sólo que ahora el patentado abrirá el local comercial sin saber que tiene que pagar derechos de autor y conexos, ante lo cual ACAM, AIE y FONOTICA llegarán a cobrarle y él alegará que no sabía nada al respecto. Ante esta situación caben dos posibilidades: que el patentado acepte pagar o que se niegue a hacerlo. En el segundo de los casos tendremos que ir a la vía judicial a cobrarle lo que por ley tenemos derecho a cobrarle. Así, eliminar el artículo 4 del reglamento hará más conflictiva la observancia de los derechos de autor y conexo. Llama la atención que apenas sale publicado el decreto que deroga el artículo 4, CANARA y algunas cámaras de patentados comienzan a enviar el mensaje a sus afiliados y a la opinión pública de que ya no deben pagar del todo derechos de autor y conexos. Eso es falso: se eliminó el mecanismo, pero nuestros derechos siguen existiendo. Incitar a los usuarios a no pagar derechos de autor y conexos, lo mismo que a utilizar repertorio musical sin autorización de los titulares de derechos sobre el mismo, puede ser tipificado como delito de apología del delito, ya que el no pago de derechos de autor y conexos y el usar obras sin autorización de sus titulares es delito. Estemos o no de acuerdo con criminalizar estas conductas, con las reformas introducidas en las leyes sobre propiedad intelectual el año pasada, como parte de la agenda de implementación del TLC (Tratado de Libre Comercio con EE.UU.), nuestra legislación establece que esas conductas son delictivas. Por otra parte, a raíz de dicha reacción ante la promulgación del decreto por parte de ciertos usuarios que han venido moviendo cielo y tierra para no tener que pagar derechos de autor y conexos, queda claro que la intención que hay detrás del decreto es eliminar los derechos. Y el gobierno se ha prestado para favorecer al sector que está detrás de esto y dejarnos, de cierta forma, indefensos frente a quienes no quieren reconocer nuestros derechos.

La segunda acción de la que nos percatamos consiste en las gestiones que ha hecho el Gobierno a nivel internacional para que el país no tenga que cumplir con algunas obligaciones que en materia de derechos de los artistas intérpretes y ejecutantes y de los productores fonográficos. En agosto pasado, el Gobierno de la República depositada dos reservas: una para que el país no tenga que cumplir con lo establecido en el artículo 15 párrafo 1 del Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual sobre Interpretación y Ejecución de Fonogramas y otra para no tener que cumplir con lo establecido en el artículo 12 de la Convención Internacional para la Protección de los Artistas Intérpretes o Ejecutantes y los Productores de Fonogramas y Organismos de Radiodifusión (Convenio de Roma). En este sentido, el 4 agosto de este año la entonces Ministra de Justicia, Viviana Martín (candidata nacional por el Partido Liberación Nacional al puesto de diputada para las próximas elecciones) envía una carta a la Cancillería en la que le solicita que se presenten reservas ante las instancias internacionales de las que Costa Rica forma parte que se encargan de observar el cumplimiento por parte de los países de los convenios en la materia para que los artículos que dan sustento a la existencia de los derechos patrimoniales de los artistas intérpretes y ejecutantes y productores fonográficos por el uso de nuestras obras por parte de las radios y televisoras no sean de acatamiento obligatorio para el país. Lo más grave de todo es que la carta de la ex Ministra indica que dichas gestiones se están haciendo luego de “un largo proceso de reflexión y negociación con los diferentes actores atinente al tema”. En este sentido, hay que decir que esto es falso. Que ni ACAM, ni AIE, ni FONOTICA han sido consultadas sobre este tema, siendo las entidades legitimadas para participar, en representación nuestra, en cualquier proceso de este tipo. Una acción de este tipo puede ser objeto de nulidad, por haberse traducido en un acto administrativo basado en fundamentos de hecho falsos, e, incluso, de persecución penal (por delito de prevaricato). Lo otro que hay que indagar es si la presentación de las reservas no debió ser conocida y avalada por la Asamblea Legislativa. Este es un tema en el que habrá que hacer todo un análisis jurídico para sustentar cualquier acción que queramos hacer.

Estas gestiones a nivel internacional no pueden tener efecto si la legislación interna no se modifica adecuándose a las mismas. Es decir, se pueden presentar reservas para no observar los artículos de los convenios afectados por las mismas, pero si en la legislación interna no se modifican los artículos según lo planteado en las reservas, los derechos siguen existiendo y deben seguirse respetando. Lamentablemente, y aquí es donde vemos que estas acciones forman parte de una estrategia bien diseñada, nos enteramos de que en la Asamblea Legislativa fue presentado, por parte de la diputada Evita Arguedas, un proyecto de ley (No. 17574) que, tal y como la misma diputada ha señalado abiertamente, fue redactado por CANARA. Esta es la tercera acción. El proyecto de Ley tiene un nombre muy bonito: LEY PARA REGULAR LA PROMOCIÓN Y DIFUSIÓN DE OBRAS Y ARTISTAS NACIONALES A TRAVÉS DE LOS ORGANISMOS DE RADIODIFUSIÓN TRADICIONAL O CONVENCIONAL, y en la exposición de motivos se señala claramente que este va en consonancia con las reservas presentadas por el país. Cuando el proyecto de ley –lo mismo que los artículos de los convenios que con las reservas quedan inaplicables en el país- habla de radiodifusión tradicional o convencional, está hablando de las emisoras y canales que no cobran directamente al oyente o televidente una tarifa por la señal que reciben. En ese sentido, también se habla de radiodifusión gratuita. El argumento detrás de esto es que la misión de esos medio es social y, aunque no lo dicen explícitamente, no son empresas con fines de lucro. Pues resulta que aunque esas emisoras y esos canales no cobran directamente (como si lo hacen las empresas de cable) por la trasmisión a los escuchas y a los televidentes, sí son empresas con fines de lucro y sí obtienen un beneficio económico para el cual nuestro trabajo resulta vital. El lucro lo obtienen vendiendo pauta publicitaria. Algunos medios llegan a facturar sumas que llegan a los millones de colones por mes. El cobro que se les está haciendo conforme a la ley. De ahí que quieran eliminar la ley y así eliminar el cobro. Aquí, más allá de la cuestión legal, hay una cuestión ética. El cobro lo que busca es que haya una justa remuneración a favor de los artistas musicales y los productores fonográficos que hacen posible que haya material a disposición de estos medios para que estos medios existan también. Así, el círculo se cierra. En ese círculo todas las partes se necesitan. Si una parte obtiene ganancia utilizando el trabajo de las otras, es justo que esas otras partes también obtengan un beneficio económico. Es un asunto de redistribución de la riqueza. Lo que el Proyecto de Ley presentado por Evita Arguedas y respaldado en cuanto a su presentación por 47 diputad@s de todas las fracciones representadas en la Asamblea plantea es que, en caso de aprobarse y pasar a ser Ley de la República, las radios y televisoras, con la mediación del Ministerio de Cultura, van a programar más música nacional, pero no van a pagar derechos a los artistas y productores fonográficos. Esto implica un desequilibrio en ese círculo. Es como si se aprobara una ley promovida por el sector patronal según la cual los patronos van a dar trabajo, pero no van a pagar salarios.

Voy a dejar hasta aquí mi exposición, ya que el objetivo de la misma es mostrar el contexto que actualmente se está dando en el país sobre este tema. Es vital que como titulares de derechos que quieren ser desconocidos desde su raíz jurídica nos cuestionemos si consideramos que vale la pena defenderlos. Yo considero que lo que está sucediendo es sumamente grave. Y no creo que debamos quedarnos con los brazos cruzados ante tanto atropello. Pero esta es una lucha que no pueden dar otros por nosotros y que no pueden dar dos o tres gatos. Un derecho, para que sea derecho, debe ser reconocido jurídicamente, pero, antes, debe ser reconocido culturalmente. Debe haber una sensibilidad cultural que acuerpe esa existencia y la respete. Si los mismos titulares de los derechos no somos portadores de esa sensibilidad, entonces la lucha por conservar ese derecho en el nivel jurídico, estará perdida. Ojalá sirva esta coyuntura para que nos articulemos más como gremio y nos posicionemos como un actor social digno, que merece respeto.

-- AIE Costa Rica Asociación de Intérpretes y Ejecutantes Musicales de Costa Rica.

Oficina: (506) 2291-3733
E-mail: info@aiecostarica.com
Apartado Postal: 903-2050 San Pedro
San José, Costa Rica

Die Toten Hosen en Costa Rica lo podriamos traducir como PARADO DE UÑAS, un bostezo.




No me lo van a creer, ayer yo tenia clases de 10am a 4pm, a las 5pm llegue a mi casa a comer algo frugal y descansar, a las 6 y pico (casi 7) sali con mis compas y hermano, que me recogieron en carro pa' ir al chivo, fuimos a recoger a otros amigos que viven en Tibas para irnos todos en pelota en varios taxis, cuando ibamos por Tibas llamamos al primo de un compa para ver como estaba la fila... y nos dice que ya habia tocado el grupo nacional y DIE TOTEN HOSEN !!!

A los que no conocen la banda, son un grupo aleman de punk-rock formado en 1982 en Düsseldorf, y son de las bandas mas importantes de punk oldschool europeo, han grabado temas junto a Joey Ramone, gente de Sham69, cantado con Iggy Pop y muchos otros grandes, la mayoria de sus temas son en aleman, pero tienen canciones en ingles originales y algunas versiones, sus letras van de lo mas facilon y simple a lo mas politico, pero sin ligarse a ningun movimiento o portido politico ni ideologia en particular, no son comunistas, anarquistas ni mucho menos nazis, por supuesto
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Creimos que fue broma... con las presas y demas llegamos un poco antes de las 8pm, preguntamos a la gente que estaba fuera del Parqueo del Estadio Saprissa y confirmamos la mala noticia, decidimos no entrar y revender los boletos preferenciales, que costaban 18 rojos a 15 rojos, los revendedores los vendian a 20mil, todo se podia ver y escuchar desde afuera, preferimos hacer eso porque ibamos a ver a los alemanes y ni siquiera los vimos desarmando el equipo ni saliendo del chante, ya Ska-P estaba alistandose para tocar, a las 8:30 (que era la hora en la que yo tenia planeado llegar en un primer momento, para ver a DHT sin tener que esperar y luego irme) ya Ska-P habia tocado como 10 canciones...

Mi hermano y yo decidimos irnos porque no nos matizo y mientras ibamos caminando hacia el Parque de Tibas vimos gente que iba corriendo hacia el Estadio diciendo... "Uy mae, ya empezo, pongale"... osea, si nosotros mamamos por culpa de los organizadores que no informaron, ellos peor... y esta es la historia triste, mi hermano y yo ibamos en el bus hablando de lo mal que estuvo eso, escuchamos a DTH desde 1999 y tenemos varios de sus discos originales y hasta camiseta llevaba puesta.

Yo no vi ninguna publicidad, obviamente sí sabia el orden de los grupos, yo solo tenia las entradas, donde decia que el chivo era a las 8pm y que los organizadores podian cambiar la programacion sin previo aviso... es por eso que decidi llegar tipo 8, 8:30 para ver directamente a DTH y luego jalar, yo solamente leo el Semanario, Diario Nuestro Pais, El Pregon y Vuelta en U y no veo VM Latino jajaja. Que mal toque. De haber sabido fijo me voy de la U directamente.

Me entere que en el resto de Latinoamerica y el mundo Ska-P eran los teloneros de Die Toten Hosen, por obvias razones, solo aqui fue al revez, tambien por obvias razones. Voy a tener que esperarlos unos años mas o ahorrar y verlos afuera.

Los maes de Ska-P seguramente pidieron que fueran ellos los que tocaran a las 8pm, tipo concierto europeo, porque como en Europa nos llevan 8 horas de mas en la zona horaria seguro estarian muy cansados si tocan a deshoras, seria como bretiar un turno de madrugada, si no fue asi pues fueron los organizadores de aca que le jodieron el dia a mas de uno, me pregunto si esas varas solo pasan en Costa Rica.

Lei por ahi que en Australia hace poco se presento Britney Spears e hizo puro Playback y hasta la demandaron y ahora hicieron una ley para prohibir el Playback. Y aqui la Casa Presidencial organiza conciertos y no le paga a los musicos, los organizadores no se hacen responsables de nada, no se pagan derechos de autor ni conexos (de interpretes, ejecutantes y productores musicales, articulo que publicare a continuacion) y de nuevo la Casa Presidencial, CANARA y los demas medios (Teletica, REPRETEL, etc) prohiben recoleccion de impuestos y llaman a los musicos parasitos...

A mi queridisimo amigo J. Keck,
No se preocupe, un dia los vamos a ver juntos en Alemania con la camiseta que ud me regalo. :D

Busque videos del concierto de ayer en Youtube, pero solamente encontre 3 clips de 20 segundos cada uno, en los que se puede escuchar las canciones "Hier Kommt Alex" que habla sobre la Naranja Mecanica y "Pushed Again", que es sobre la libertad versus opresion y cuyo video, que es genial pueden buscar en esa pagina.

jueves 1 de octubre de 2009

Assimil - Le latin sans peine

El latin sin dolor, asi se llama este metodito de latin que no tenemos suerte de conseguirlo impreso ni mucho menos en español.

Espero les sea de utilidad

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Lexicon Latinum - David Morgan

Esta lista de vocabulario es el complemento perfecto para el diccionario de Jose Juan de Col.

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Lingua Latina Per Se Illvstrata Pars I: Familia Romana- Vocabulario Latino-Español

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Este es el lexicon del famoso metodo natural (inductivo-contextual) desarrollado por Orberg.

Lexico para Clase . Vocabvla Scholae

Con este lexicon va a ser mas facil introducir una clase de latin, con palabras como Hola, como esta?, como se llama? y demas.

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